viernes, 13 de diciembre de 2013

SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 36 Y 278 DE CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE BCS





* Un paso Importante para evitar la Impunidad: Omar Zavala
* Era una Exigencia Social: Jesús Salvador Verdugo
El pleno de los integrantes de las XIII Legislatura aprobó el dictamen emitido por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y la de Seguridad Pública mediante el cual se reforman los artículos 36 y 278 del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado con el objetivo de establecer que el valor probatorio de los informes sean sujetos a las reglas establecidas en el mismo Código.
A solicitud de la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia, diputada Jisela Paes, fue dispensada la segunda del dictamen relativo a la Iniciativa con Proyecto que ella misma presentó, y en cuyo resolutivo se indica que la reforma al artículo 36 establece que los informes que por escrito proporcione la policía ministerial al ministerio público, previa solicitud de investigación de este último y que sean debidamente ratificados, serán apreciados como testimoniales, cuando del mismo se desprendan hechos que fueron percibidos por los propios agentes; y de igual forma los informes rendidos por escrito por la policía ministerial en caso de detención en flagrante delito, debidamente ratificados serán apreciados como testimoniales.  
En referencia al artículo 278, se estableció que las investigaciones de la policía ministerial o los informes policiacos derivados de las detenciones en flagrante delito, debidamente ratificados, se considerarán como testimoniales, y se les dará el valor probatorio que corresponda en términos de las reglas establecidas en el presente capitulo.
Asimismo, abunda que las diligencias practicadas por los agentes de la policía ministerial, los miembros de las instituciones policiales y otras autoridades derivadas de las detenciones en flgrante delito, tendrán el valor de testimonios que deberán complementarse con otras diligencias de prueba que practique el Ministerio Público, para atenderse en el acto de la consignación, pero en ningún caso se podrán tomar como confesión lo asentado en aquellas.
A favor hablaron los diputados Omar Antonio Zavala Agúndez y Jesús Salvador Verdugo Ojeda quienes afirmaron que era una herramienta legal que desde hace tiempo requería la Procuraduría General de Justicia del Estado.
El Presidente de la Comisión de Seguridad Pública,, Omar Zavala Agúndez puntualizó que con esta reforma se entregan elementos de tipo jurídico  a los responsables de la procuración de justicia en la entidad para así evitar que los delincuentes “los suelten de forma inmediata”.
Señaló que en su permanente interlocusión con los diversos sectores de la sociedad de Baja California Sur, comentó, que en reuniones de trabajo con los consejos Coordinador Empresarial de La Paz y de Los Cabos, los empresarios de las diversas cámaras “nos exigían incorporar esta reforma al Código de Procedimientos Penales. Ellos, los empresarios estaban muy preocupados, y con este trabajo realizado por el }Congreso del Estado estamos respondiendo a nuestra sociedad”.
Por su parte, el Diputado Verdugo Ojeda hizo un llamado a jueces, policías ministeriales y agentes del Ministerio Público “para que en el desarrollo de su trabajo siempre se apeguen al marco legal y no permitan que quienes violen la ley salgan libres de la noche a la mañana, por errores, o por no cump´lir los requisitos lgales”.
El legislador quien representa a los ciudadanos de la zona Pacifico-Norte en el Congreso del Estado igualmente hizo un llamado para que los elementos legales que hoy se aprobaron “sirva para procesar inocentes, pues más daño ocasionamos cuando no se imparte una verdadera justicia a nuestra sociedad o entregamos una justicia lenta, lo cual, señaló, significa la denegación de la misma”.


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