jueves, 23 de abril de 2020

LABORATORIOS PRIVADOS PODRÁN HACER PRUEBAS DE COVID-19 CON EQUIPO APROBADO POR LA FEDERACIÓN




·        Deberán tener aviso de funcionamiento y cursar una capacitación para la toma de muestra

Los laboratorios privados de Baja California Sur y el país, podrán realizar pruebas de COVID-19 mediante el uso de estuches diagnósticos comerciales que aprobó el Gobierno Federal, mediante una valoración técnica que hizo Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (InDRE), informó la comisionada estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Blanca Pulido Medrano al establecer que la dependencia recibió esta notificación oficial.

La funcionaria explicó que, mediante documento oficial emitido por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, el Gobierno Federal notificó a las Entidades Federativas que los laboratorios clínicos privados podrán efectuar ese estudio mediante el uso de estos estuches comerciales, pero sus resultados no formarán parte de los registros de vigilancia epidemiológica, es decir en el conteo de casos.

Pulido Medrano indicó que el listado de estuches comerciales autorizados a nivel federal para este fin está disponible en el enlace: https://www.gob.mx/salud/documentos/evaluaciones-provisionales-en-apoyo-a-la-emergencia-por-la-pandemia-de-la-enfermedad-covid-19?state=published  
Con base en esta determinación federal, la COEPRIS realizará labores de verificación para constatar que las empresas que oferten este servicio al público posean un aviso de funcionamiento como laboratorio clínico y cuenten con personal adiestrado en la toma de muestra con base en los protocolos de seguridad. Aunque esta capacitación se ofreció semanas por especialistas del Laboratorio Estatal de Salud Pública (LESP), este jueves se desarrolló un curso adicional en las oficinas centrales de la Secretaría de Salud en el Estado.

Pulido Medrano enfatizó que la autoridad sanitaria estatal no tiene facultad jurídica alguna para regular la tarifa de precios que los laboratorios clínicos privados establezcan a la prestación de ese servicio. Es una atribución que compete a la autoridad federal de protección al consumidor.


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