martes, 26 de junio de 2012

PLAN ESTRATÉGICO DE PROTECCIÓN A USUARIOS DE CAJONES DE ESTACIONAMIENTO PARA DISCAPACITADOS, PROPUSO EL DIP. GIL CUEVA TABARDILLO





* También propuso que no conceder descuentos alguno a los infractores   
Mediante una Iniciativa de Acuerdo Económico, el diputado Gil Cueva Tabardillo propuso al pleno del Congreso del Estado exhortar a los titulares de los cinco Ayuntamientos que comprenden la entidad, sus respectivos Cabildos, así como a los Directores de Seguridad Publica y Transito Municipal, a diseñar un plan estratégico eficiente de protección a los usuarios de los cajones de estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad para garantizar su uso y sancionar a los infractores que hagan uso de los mismos sin tener derecho, así como que instruyan a los jueces calificadores a abstenerse de ejecutar descuento alguno a los infractores de la falta administrativa.
En la lectura de la Iniciativa, misma que fue turnada a la Comisión Permanente de Atención a Grupos Vulnerables y a Personas con Discapacidad, el diputado Cueva Tabardillo destacó la imperiosa necesidad que tiene la autoridad de garantizar a las personas con discapacidad el libre acceso y las comodidades para transitar libremente y con ello buscar el desarrollo pleno de sus actividades cotidianas.  
Y precisó “esta iniciativa de acuerdo económico no tiene como objetivo el de invadir la esfera de competencia municipal, si no que busca hacerles ver el reclamo social que dia a dia escuchamos los legisladores como representantes sociales, este documento busca exhortar a las autoridades a hacer cumplir fehacientemente las normas en materia de discapacitados”. 

Para ello, dijo, exhortamos a las autoridades municipales a realizar 2 acciones:  Diseñar un plan estratégico eficiente de sanción y protección que garantice que se respeten los cajones de estacionamiento exclusivos para personas con discapacidad, asÍ como las rampas de acceso a las banquetas; y abstenerse de hacer descuento a los infractores de esta falta administrativa por parte de los jueces calificadores, tal como se hace en el caso a la infracción derivada de uso de bebidas embriagantes a bordo de un vehículo automotor

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