·
El
plazo para la recepción de propuestas vence el próximo 20 de junio.
La
Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública informó que se
encuentra vigente la convocatoria dirigida a todas las Organizaciones de la
Sociedad Civil sin fines de lucro, interesadas en presentar proyectos de
coinversión en materia de salud, con el fin de fortalecer los esfuerzos
dirigidos principalmente a los grupos en situación de vulnerabilidad y sin
cobertura de servicios de salud.
Se
informa que la convocatoria pública anual de la APBP 2014, establece la autorización
de recursos presupuestarios y patrimoniales, a proyectos de coinversión, que
atiendan problemáticas en materia de salud, para mejorar las condiciones y
calidad de vida de la población de menos recursos, a través de acciones de
promoción, prevención y atención.
La
recepción de propuestas está abierta desde el pasado 24 de mayo y se cierra el
próximo 20 de junio, por lo cual las personas o grupos interesados, están a
tiempo de elaborar su proyecto y presentarlo directamente en las oficinas de la
APBP, en Aniceto Ortega número 1321, colonia Del Valle, delegación Benito
Juárez, CP 03100, México, DF o a través de la Administración de la Beneficencia
Pública, en la ciudad de La Paz.
Los
proyectos de coinversión a ejecutarse por parte de las Organizaciones de la
Sociedad Civil, deberán estar dirigidos a favor de la población de escasos
recursos económicos, primordialmente sin cobertura de seguridad social y
atender alguno de los temas en materia de salud, como lo son: Asistencia Social
a Grupos Vulnerables, Diabetes, Malnutrición y Control de Obesidad y Sobrepeso,
Enfermedades Cardiovasculares y Enfermedades Crónico Degenerativas,
Enfermedades Trasmisibles, Salud Sexual y Reproductiva, Planificación Familiar,
Salud Mental, Cáncer, Mortalidad Infantil y Materna, Discapacidad y Ortopedia,
así como Adicciones.
El
monto máximo de aportación de la APBP podrá ser de hasta el 50 por ciento o
hasta 250 mil pesos del costo total del proyecto de coinversión. En el marco de
la coinversión, las OSC deberán aportar cuando menos el 50 por ciento del costo
total del proyecto y podrá ser en los siguientes términos: Financieros o Financieros
y en Especie.
Para
poder participar se deberá contar con un proyecto de coinversión, estar
debidamente constituida como OSC con
registro ante la Secretaría de Hacienda y ser donataria autorizada por esta
misma dependencia, estar al corriente de sus obligaciones fiscales, estar
inscrita en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin
fines de lucro, entre otros requisitos, que se pueden consultar en el portal de
internet www.beneficenciapublica.salud.gob.mx
No hay comentarios:
Publicar un comentario