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Complementa las medidas
cautelares otorgadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·
Diputados de Morena, PT y
sin partido, así como cualquier miembro del Poder Legislativo, No deberán de
impedir el ingreso a los 8 diputados a
todas las instalaciones del Poder Legislativo.
La
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en
análisis del Juicio para la Protección
de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano relativos al expediente
SUP-JDC-724-2020, otorgo medidas de protección a favor de las y los diputados
Daniela Rubio Avilés, Lorenia Lineth Montaño Ruiz, Perla Flores Leyva, Anita
Beltrán Peralta, Elizabeth Rocha Torres, Maricela Pineda García, José Luis
Perpuli Drew y Rigoberto Murillo Aguilar.
La resolución tomada por unanimidad,
con fecha viernes 5 de junio del presente año, analizo el gran número de
violaciones de una mayoría legislativa en el Congreso de BCS, a la constitución
federal, tratados internacionales, leyes federales, y ordenamientos locales. El
ponente de la resolución, fue el Presidente de la Sala Superior Magistrado
Felipe Alfredo Fuentes Barrera.
Las
medidas de protección fueron las siguientes:
1.-
Se ordena que el Congreso del Estado de Baja California Sur, que se abstenga de
realizar cualquier acto de violencia política y acciones discriminatorias en
contra de los 8 diputados.
2.-
Los Diputados de Morena, PT y sin partido, así como cualquier miembro del Poder
Legislativo, deberán de abstenerse de impedir el ingreso a los 8 diputados a las
instalaciones del Poder Legislativo.
3.-
Se ordena la asignación de escoltas, vigilancia y protección a los 8 diputados por parte de las autoridades
locales.
En
sus razonamientos, la Sala Superior, mencionó que esas medidas de protección
son complementarias a las que otorgo la Suprema Corte de Justicia de la Nación con
fecha 29 de mayo de 2020, en el Incidente de Suspensión formulado con motivo de
la Controversia Constitucional 84/2020 interpuesto por el Poder Ejecutivo en
contra de actos del Poder Legislativo.
Es
decir, ya no se pronunció sobre otras medidas solicitadas por los Diputados
demandantes, en razón de que la Suprema Corte de Justicia ya se las había
concedido, al suspender todos los actos realizados por la legislatura después
de la suspensión de la sesión ordinaria y de los trabajos legislativos, que
realizo la Diputada Daniela Rubio Avilés en su carácter de la Presidenta de la
Mesa Directiva del Congreso del Estado el martes 17 de marzo de 2020. Tales
como, la ilegal destitución de la
Diputada Daniela Rubio Avilés como Presidenta de la Mesa Directiva, la ilegal
suspensión de ocho diputados a sesionar y el ilegal llamado a sus suplentes, y
la indebida incoación de juicio político en contra de 8 diputados, así como de
todos los actos que se derivaron de las sesiones llevadas a cabo por los
Diputados de Morena, PT y sin partido desde el 17 de marzo al 2 de junio del
presente año.
Con
esta resolución, los máximos órganos de justicia del país, como son, la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, confirman que los diputados de MORENA, PT y sin partido, cometieron
violaciones graves a derechos humanos, y político-electorales, aderezado con
violencia y violencia política, en contra de los 8 Diputados de los partidos
del PAN, PRD, PRI, Partido Humanista y Partido Encuentro Social. Se espera que
el Tribunal Federal Electoral haga la notificación correspondiente, luego de lo
cual correrá un plazo de 24 horas para que el Congreso de Baja California Sur
informe el cumplimiento de dichas medidas cautelares.
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