En la
sesión extraordinaria del Congreso del Estado, realizada la tarde del pasado
martes, los integrantes de la XIII Legislatura aprobaron el dictamen emitido
por las Comisión Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y la de
Igualdad de Género respecto a la
Iniciativa con Proyecto de Decreto propuesta por el XIV Ayuntamiento de La Paz,
a fin de reformar diversos artículos de la Ley de Acceso de la Mujeres a una
vida libre de violencia y del Código de Procedimientos Penales, ambos
estatales, a fin de agilizar las órdenes de protección hacia las mujeres y que
éstas sean ejecutadas inmediatamente que la autoridad conozca hechos que
impliquen violencia contra la mujer.
Dispensada
la segunda lectura del dictamen, a solicitud de la presidenta de la Comisión de
Equidad de Género, diputada Edith Aguilar Villavicencio, el pleno aprobó el
dictamen que establece reformar el artículo 18 de la ley de Acceso a las
mujeres a una vida libre de violencia, para que las órdenes de protección de
emergencia y preventivas tengan una temporalidad no mayor de 72 horas y deberán
expedirse dentro de las 8 horas siguientes al conocimiento de los hechos que la
generan.
De igual
manera, se reforma el artículo 178-A de Código de Procedimientos Penales para
el Estado, para establecer que las órdenes de protección de emergencia son
actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de
la víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares, deberán ordenarse
por el juez a petición del Ministerio Público o de la parte ofendida en su
caso, dentro de las 8 horas
siguientes al conocimiento de los hechos que las generen, tendrán una
temporalidad de 72 horas.
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