miércoles, 26 de junio de 2013

AMPLÍA EL CONGRESO LA PROTECCIÓN LEGAL A LA MUJER VÍCTIMA DE VIOLENCIA

  

En la sesión extraordinaria del Congreso del Estado, realizada la tarde del pasado martes, los integrantes de la XIII Legislatura aprobaron el dictamen emitido por las Comisión Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y la de Igualdad  de Género respecto a la Iniciativa con Proyecto de Decreto propuesta por el XIV Ayuntamiento de La Paz, a fin de reformar diversos artículos de la Ley de Acceso de la Mujeres a una vida libre de violencia y del Código de Procedimientos Penales, ambos estatales, a fin de agilizar las órdenes de protección hacia las mujeres y que éstas sean ejecutadas inmediatamente que la autoridad conozca hechos que impliquen violencia contra la mujer.
Dispensada la segunda lectura del dictamen, a solicitud de la presidenta de la Comisión de Equidad de Género, diputada Edith Aguilar Villavicencio, el pleno aprobó el dictamen que establece reformar el artículo 18 de la ley de Acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, para que las órdenes de protección de emergencia y preventivas tengan una temporalidad no mayor de 72 horas y deberán expedirse dentro de las 8 horas siguientes al conocimiento de los hechos que la generan.
De igual manera, se reforma el artículo 178-A de Código de Procedimientos Penales para el Estado, para establecer que las órdenes de protección de emergencia son actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares, deberán ordenarse por el juez a petición del Ministerio Público o de la parte ofendida en su caso, dentro de las 8 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generen, tendrán una temporalidad de 72 horas.


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