Al referirse a los casos de arraigo de presuntos responsables de la comisón de delito
En el rubro de Procuración de Justicia el principal
compromiso con la ciudadanía desde el inicio de esta administración, es
trabajar en estricto apego al marco legal y con base en los principios de legalidad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, honradez y el
respeto irrestricto a los derechos humanos, por lo que no fabrica culpables aseveró el
licenciado Gamill Arreola Leal, Procurador General de Justicia en la entidad.
El Abogado del Estado manifestó ser respetuoso del derecho a la libre expresión de
todas las personas, no obstante, aclaró
que la institución a su cargo realiza su tarea de investigación conforme a los
lineamientos Constitucionales y no responde a intereses particulares de ninguna
índole.
Consideró que la facultad conferida a esta
institución es muy importante y delicada, pues es la responsable de acreditar ante la
autoridad judicial la probable
responsabilidad de alguna persona en la comisión de un delito.
Reiteró que la Procuraduría General
de Justicia del Estado no actuará bajo
ninguna circunstancia por presiones sociales para fincar o no responsabilidad en
las investigaciones que realiza para el esclareciendo de delitos de toda índole
y reiteró su
compromiso ante la ciudadanía de trabajar de manera responsable y apegada a la
legalidad.
Así mismo, el licenciado Gamill
Arreola, refirió que la medida cautelar de Arraigo está contemplada en el
Artículo 113 del Código de Procedimientos Penales y es un instrumento jurídico
con que cuenta el Ministerio Público, a
efecto de que el Probable Responsable de un Delito Grave, no se evada de la
acción de la Justicia , permitiéndole allegarse de pruebas para
determinar la probable responsabilidad de persona alguna.
La
medida dejará de tener vigencia si, vencido el plazo, el Ministerio Público no
ha ejercido todavía la
Acción Penal ; si consignado el asunto se le niega por
cualquier causa la Orden
de Aprehensión o si concluye la
Averiguación con una resolución de No Ejercicio de la Acción Penal.
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