Los procedimientos de
tatuajes, micro pigmentaciones o perforaciones, en menores de dieciocho años de
edad, sólo podrán ser realizados cuando se cuente con la autorización por
escrito de uno de quien ejerza la patria potestad o de su tutor, previa
comprobación de ese carácter; así lo dio a conocer el día de hoy MIKEL ANDONI
ARRIOLA PEÑALOSA, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios
El Comisionario Federal de
Riesgos Sanitarios señalo que la disposición emitida por la Secretaria de Salud
en de observancia General en todo el pais y los tatuadores, micropigmentadores
y perforadores, deberán de cumplir dicha disposición previo a la realización
del procedimiento aplicando al menor de edad un cuestionario a efecto de
verificar que el estado de salud sea óptimo
Los Tatuadores y
perforadores previamente a la ejecución de un tatuaje, micropigmentación o
perforación, deberán proporcionarán a los menores y sus padres información
clara, completa y precisa respecto del procedimiento y una vez recibida la
información correspondiente, los usuarios manifestarán su consentimiento
firmando la carta de aceptación respectiva;
El
cuestionario de autorización de quien ejerza la patria potestad o tutor de un
menor que decida tatuarse o perforarse su cuerpo debe de contener:
Nombre,
edad, género,
1.-
Le han practicado algún tatuaje, perforación o micro pigmentación.
2.-
Le han realizado algún procedimiento dental (endodoncia)
3.-
Le han realizado alguna trasfusión sanguínea en los últimos seis meses.
4.-
tiene usted antecedentes de enfermedades como: VIH
5.-
Consume usted alguna droga.
6.-
Esta embarazada o en periodo de lactancia.
Dicha
disposición entra en vigor este día y deberá ser observada por todos los establecimientos de Baja California Sur y corresponderá a la Secretaria de
Salud Estatal observar su cumplimiento.
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